Se trata de un conjunto de nuevas obligaciones técnicas y legales para luchar contra el fraude fiscal, puesto en marcha por las Haciendas Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba y el Gobierno Vasco, de obligado cumplimiento para todas las empresas y autónomos del País Vasco.
TicketBAI afectará al modo en que se generan las facturas y el software que se use para su gestión deberá cumplir una serie de requisitos.
Aplica a todas las facturas (simplificadas, completas, impresas y electrónicas) y a todos los justificantes cuando no haya obligación de emitir factura.
¿Cómo funciona TicketBAI?
- Todo dispositivo que emita facturas deberá tener instalado un certificado digital con el que pueda firmar electrónicamente. Puede ser un certificado de dispositivo, de persona física o jurídica, sello de empresa o de autónomo.
- El software de facturación deberá estar firmado con un certificado de código de la empresa desarrolladora.
- Cada vez que se realice una operación de venta, se deberá generar un fichero TBAI en formato XML, que deberá ser firmado digitalmente y remitido a la Hacienda Foral que corresponda.
- El emisor deberá generar una factura que incluya el ID TicketBAI y un código QR con la información necesaria para que el receptor pueda comprobar que está correctamente declarada.
¿Qué nuevas obligaciones supone para las empresas?
- Enviar los datos de cada factura a Hacienda.
- Bloquear la opción de modificar las facturas una vez emitidas.
- Dotar a cada factura de un código único identificativo que se remitirá a Hacienda dentro de un fichero en formato XML (fichero TBAI). Este código unirá cada factura a la anterior y evitará posteriores modificaciones.
- Enviar los ficheros TBAI a Hacienda en los plazos establecidos, que varían en cada Hacienda.
- BIZKAIA: Se prevé que sea trimestral (los contribuyentes obligados al SII deberán enviar sus ficheros TBAI en un plazo general de 4 días).
- GIPUZKOA: Envío inmediato o diario.
- ÁRABA: Aún sin definir.
- Incluir un código QR en la imagen de la factura, con el que los ciudadanos puedan consultar su estado.
¿Qué infraestructura TI necesita tu empresa para hacer frente a las nuevas obligaciones?
- Un software de facturación adaptado a TicketBAI:
- Desarrollado por una empresa que figure en el registro habilitado por Hacienda.
- Que permita incluir los códigos TBAI y QR en cada factura.
- Un certificado digital instalado en todos los dispositivos desde los que se vayan a emitir facturas, para poder firmarlas electrónicamente.
- Conexión a Internet para facturar en algunos casos. (En Gipuzkoa se ha establecido el envío inmediato del fichero TBAI).
¿Está tu software de facturación preparado para cumplir con TicketBAI? ¡Asegúrate de que puede realizar estas acciones!
- Generar el fichero TBAI siguiendo las especificaciones técnicas de cada Hacienda Foral.
- Firmar de forma electrónica los ficheros TBAI con un certificado digital.
- Enviar de manera automatizada los ficheros a la Hacienda Foral a través del sistema de telecomunicaciones establecido.
- Incorporar un código QR en las facturas generadas e impresas para el cliente final.
- para facturar en algunos casos. (En Gipuzkoa se ha establecido el envío inmediato del fichero TBAI).
En Actualiza estamos preparados para TicketBAI
Todas nuestras soluciones de gestión dan respuesta a las nuevas necesidades de las Haciendas Vascas. ¿Necesitas ayuda?
¿Qué sanciones implicará el incumplimiento de TicketBAI?
Multa del 20% de la facturación del ejercicio anterior. Con un mínimo de 20.000 euros independientemente de la facturación o tipo de empresa. En caso de reincidencia la suma sube a un30% de la facturación del ejercicio anterior con un mínimo de 30.000 euros.
¡Evita riesgos y asegúrate de cumplir con la nueva normativa con un software de gestión adaptado a TicketBAI!
Todas nuestras soluciones de gestión están adaptadas a TicketBAI, juntos seleccionaremos la que mejor se adapte a las necesidades de tu empresa.
¿Cómo afectará TicketBAI a la factura electrónica?
- Las facturas electrónicas deben generar un fichero TBAI previo a la generación de la factura, que deberá ser firmado digitalmente.
- Deberán contener el ID TicketBAI.
- Si se entregan en formato no legible (factura-e) estarán exoneradas de incluir el código QR.
BATUZ, otras obligaciones en Bizkaia más allá del TicketBAI
En Bizkaia, TicketBAI forma parte de BATUZ e integra un conjunto más amplio de medidas para controlar el fraude fiscal y mejorar la asistencia a los contribuyentes.
- Los libros Registro de Operaciones Económicas (LROE) , que deben llevar las empresas y autónomos a través de la Sede electrónica de la Diputación Foral.
- Modelo 140, para las personas físicas.
- En vigor desde 2014, hasta la fecha es un modelo con remisión anual.
- Con la entrada del sistema BATUZ pasará a ser trimestral y será obligatorio llevarlo en la sede electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia.
- Modelo 240, para las empresas.
- Implantación obligatoria a partir de Enero de 2022.
- Se llevará desde la sede electrónica de la Hacienda Foral de Bizkaia.
- Se presentará de forma diaria, mensual o trimestral dependiendo del volumen de operaciones de la empresa.
- SII (Suministro Inmediato de Información del IVA)
Las empresas y autónomos que cumplan con TicketBAI y con el Libro de Registro de Operaciones Económicas (LROE), no necesitarán remitir la información del SII.
Pero, ¿qué es el SII?
El SII Entró en vigor en julio de 2017 y supuso un cambio en el sistema de gestión del IVA: los Libros Registro del IVA se empezaron a llevar a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y las Haciendas Forales. - Afecta a los Libros Registro de Facturas Emitidas, de Facturas Recibidas, de Operaciones Intracomunitarias y de Bienes de Inversión.
- Establece un plazo de 4 días para el suministro electrónico de los registros de facturación a la Agencia Tributaria y las Haciendas Forales.
- La información sobre bienes de inversión debe suministrarse dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año.
- Es obligatorio en aquellas empresas con facturación anual superior a 6 M €. inscritas en el REDEME (Registro de Devolución mensual del IVA) y grupos de IVA.
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